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Secretaría de Servicios Públicos Municipales

Dependencia de la Administración Pública Municipal, encargada de apoyar a la o el Presidente Municipal, en la conducción de la política sobre la conservación, control y mantenimiento del patrimonio inmobiliario y de infraestructura del Municipio de Pachuca de Soto, con el propósito central de asegurar que en la jurisdicción municipal se cuente con alumbrado público, una vigilancia sobre la sanidad en el panteón, rastro, centro canino; limpia, garantizando la recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; manejo de las cuadrillas de limpia en calles, parques, jardines y su equipamiento, a través de una gestión pública municipal comprometida con una administración eficaz y eficiente, en el manejo de los recursos asignados.

Titular

L.D. Erick Chávez Zaldívar

Contacto:

Teléfono: (771) 717 7930 ext. 2104

Atribuciones del titular:

I. Planear, las estrategias y lineamientos, mediante los cuales sean instrumentados, aprobados, ejecutados, seguidos y evaluados, los proyectos municipales de sanidad, alumbrado público, orientados al mantenimiento, conservación y mejoramiento de los bienes públicos municipales;

II. Elaborar, ejecutar y supervisar el Programa Anual de Mantenimiento Preventivo y Correctivo en coordinación con la Secretaría de Obras Públicas, Desarrollo Urbano, Vivienda y Movilidad de la Infraestructura Urbana del Municipio en las áreas de alumbrado público, relleno sanitario, parques y jardines, panteones, del rastro municipal y de control canino del Municipio;

III. Elaborar un informe estimativo de los daños provocados a la infraestructura urbana o al patrimonio municipal, en las áreas que sean de su competencia en los casos de accidentes en los cuales ésta se vea afectada;

IV. Atender las solicitudes y necesidades que la ciudadanía presente llevando un control y seguimiento de las mismas para la elaboración de informes y reportes que le sean requeridos;

V. Planear la organización y funcionamiento de la recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, en base a objetivos, normas, políticas y criterios para la óptima administración de las áreas abocadas a funciones de limpieza;

VI. Regular y supervisar continuamente los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, brindado por el Municipio o concesionado procurando su vinculación con el modelo de limpia, tratamiento y destino de desechos sólidos del Estado, bajo criterios de eficiencia, productividad y ahorro en el gasto público, mayor cercanía y calidad de servicios a la población;

VII. Instrumentar estrategias y lineamientos a través de los cuales se controlen, supervisen y evalúen los procesos y procedimientos abocados a la recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;

VIII. Supervisar la ejecución de campañas de limpieza y separación de desechos orgánicos e inorgánicos que eviten la proliferación de basura y desechos sólidos por el Municipio;

IX. Organizar, controlar y supervisar la observancia de la reglamentación en materia de control canino y antirrábico así como de la tenencia, protección y trato digno a los animales del Municipio;

X. Coadyuvar con el funcionamiento del Centro de Control Antirrábico de la zona metropolitana de Pachuca de Soto, estableciendo las estrategias de coordinación con las instancias federales, estatales y municipales;

XI. Convenir y coadyuvar con las autoridades correspondientes los servicios de sanidad animal de revisión, salud, condiciones, tratamiento y resguardo, procurando su vinculación con el modelo sanitario del Estado;

XII. Organizar la ejecución de campañas de vacunación antirrábica, esterilización y maniobras de levantamientos que eviten la proliferación canina y, en su caso, de fauna nociva;

XIII. Vigilar la observancia del Reglamento de Panteones para el Municipio de Pachuca, de Soto Hidalgo;

XIV. Establecer los lineamientos para la organización, consolidación y regulación de los servicios de velación, traslado inhumación y cremación de cadáveres y restos humanos, áridos o cremados; asimismo, disponer los objetivos, normas, políticas y criterios para la óptima administración de las unidades administrativas destinadas al desahogo de estos asuntos, procurar su vinculación con el modelo sanitario del Estado, bajo criterios de eficiencia, productividad y ahorro en el gasto público y mayor cercanía y calidad de servicios a la población;

XV. Administrar, supervisar, controlar y regular los panteones municipales, así como los servicios de inhumación que preste el municipio a la población por medio de sus instalaciones;

XVI. Establecer los lineamientos y requisitos para la administración y control de las concesiones de terrenos para inhumaciones;

XVII. Proponer a la o el Presidente Municipal, en el ámbito de su competencia, aquellos servicios públicos que puedan ser sujetos de concesión a los particulares;

XVIII. Controlar los productos cárnicos que ingresen al Municipio, verificando la propiedad y procedencia de los animales, prestando el servicio de rastro público y sacrificio de animales, cumpliendo las normas de sanidad e higiene que produzcan carne apta para el consumo humano;

XIX. Controlar y supervisar el pago de derechos por concepto de sacrificio de animales;

XX. Administrar los espacios destinados a la compra venta de ganado en pie y en canal;

XXI. Supervisar el cumplimiento de la reglamentación y normatividad aplicable a los rastros públicos y privados;

XXII. Elaborar, implementar y evaluar el Proyecto Rector de Mantenimiento del Alumbrado Público del Municipio; asimismo, colaborar con las dependencias estatales y federales competentes, en la ejecución y vigilancia de dicho programa;

XXIII. Organizar y supervisar el mantenimiento del alumbrado público y el ahorro de energía, así como elaborar conjuntamente con la Comisión Federal de Electricidad el censo de luminarias en el Municipio;

XXIV. Coordinar, ejecutar y supervisar las brigadas de limpieza de las calles, plazas, jardines y lugares públicos;

XXV. Supervisar, conservar y equipar los parques y lugares públicos, así como procurar que estos lugares sean atractivos para la población, estableciendo programas de riego, poda, abono y reforestación, así como el retiro de los árboles que pongan en riesgo a las personas, los bienes o la infraestructura urbana o de aquellas que hayan cumplido su ciclo de vida;

XXVI. Promover, en coordinación con las diferentes Secretarías Municipales, la modernización y el mejoramiento de sistemas e infraestructura para el manejo de los mercados públicos municipales que fomente el abasto y el comercio interior;

XXVII. Administrar y controlar los mercados y tianguis públicos municipales a fin de garantizar su correcta operación y funcionamiento;

XXVIII. Cumplir y hacer cumplir la Ley de Ingresos, Cuotas y Tarifas que corresponda en coordinación con la Secretaría de Tesorería, en las actividades de su competencia;

XXIX. Otorgar, registrar y dar seguimiento a las concesiones y permisos en el ámbito de su responsabilidad, solicitando la intervención de las autoridades competentes cuando corresponda;

XXX. Establecer mecanismos de coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico Municipal, fomentar la asociación de pequeños productores en unidades de producción, que estén orientadas a favorecer la tecnificación, financiamiento, industrialización y comercialización de sus productos; y

XXXI. Las demás que le asignen las Leyes, Reglamentos y demás normatividad Federal y Estatal, aplicable a su ámbito de competencia y la o él Presidente Municipal.

Confirmo que he leído y acepto los términos y condiciones del proceso administrativo de exhumación de restos áridos por vencimiento del tiempo de permanencia y falta de pago de derechos de fosas en el panteón municipal del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, así mismo comprendo y aceptó las medidas administrativas realizadas para la Protección de Datos Personales.

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