I.- Instrumentar estrategias que aseguren en los términos de la Constitución Federal, la aplicación de sanciones por infracciones a los Reglamentos Municipales vigentes;
II.- Formular estrategias y lineamientos abocados a la coordinación de las relaciones de la o el Presidente Municipal con los demás miembros del Ayuntamiento, así como con los poderes públicos del Estado y de la Federación;
III.- Formular estrategias que contribuyan al desarrollo político municipal, así como fomentar la participación ciudadana en los asuntos públicos;
IV.- Promover la participación ciudadana y generar las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución Local y de las leyes, se mantengan las condiciones de gobernabilidad democrática;
V.- Cumplir con las acciones previstas en el Reglamento Interior del H. Ayuntamiento, en referencia a la celebración de las Sesiones del Cabildo y, en su caso, de las Comisiones del Ayuntamiento;
VI.- Supervisar y evaluar el cotejo, revisión y firma de las certificaciones de las actas del Registro del Estado Familiar; asimismo, todo lo relacionado con los procesos y procedimientos en dicha materia;
VII.- Supervisar la observancia del Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio, sobre los criterios aplicables a la celebración de espectáculos, horarios y características generales conducentes; en su caso, instruir lo necesario a efecto de que se produzcan las visitas de verificación correspondientes, evaluando los procesos y procedimientos previstos en la normatividad aplicable en la materia;
VIII.-Validar la expedición y renovación de las licencias para el funcionamiento de establecimientos mercantiles, así como las ampliaciones de giros y horarios, previo cumplimiento a los procesos y procedimientos previstos en el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo;
IX.- Coordinar con la Secretaría de Desarrollo Económico Municipal, la integración de información estadística económica básica de los establecimientos mercantiles que operen en el Municipio; así como ordenar la ejecución de estrategias para la elaboración, digitalización, conservación y actualización de las bases datos recurrentes;
X.- Diseñar las políticas, programas y lineamientos municipales en materia de protección civil, bomberos y gestión integral de riesgos; a efecto de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica;
XI.- Definir las estrategias y procedimientos para establecer el Sistema Municipal de Protección Civil;
XII.- Establecer las bases de coordinación y concertación, mediante las cuales se promueva la integración de las unidades internas municipales de protección civil de las dependencias públicas, privadas y sociales, cuando éstas se encuentren establecidas dentro del territorio municipal;
XIII.-Coordinar, promover y dar seguimiento a los planes, programas, proyectos y acciones en materia de desarrollo metropolitano, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
XIV.-Proponer mecanismos de coordinación del Municipio con autoridades de los Gobiernos Federal, Estatal y de los municipios de la Zona Metropolitana de Pachuca de Soto, para atender de manera integral los asuntos de carácter metropolitano;
XV.- Representar a la o el Presidente Municipal en las comisiones u órganos metropolitanos que le sean encomendados;
XVI.-Formular, con la intervención de las o los Síndicos, políticas y lineamientos en materia de elaboración, registro, seguimiento y evaluación del inventario general y registro en libros especiales de los bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio, de dominio público y de dominio privado, expresando todos los datos de identificación, valor y destino de los mismos;
XVII.- Establecer y diseñar las políticas y estrategias en materia de comunicación social e información y someterlas a consideración de la o el Presidente Municipal para que sean implementadas por el Gobierno Municipal;
XVIII.- Coadyuvar con las autoridades Federales y Estatales en el desarrollo de los procesos electorales dentro del ámbito de competencia del Municipio; y
XIX.-Las demás que le asignen las Leyes, Reglamentos y demás normatividad Federal, Estatal y Municipal, aplicable a su ámbito de competencia y la o el Presidente Municipal.