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Secretaría de Desarrollo Económico

La Secretaría de Desarrollo Económico es una dependencia de la Administración Pública Municipal, encargada de apoyar a la o el Presidente Municipal, en la conducción de la política orientada a fortalecer a los sectores productivos del Municipio en las vertientes de comercio interior, industria, servicios, y simplificación de trámites, así como de regular, orientar y estimular medidas de protección al consumidor, la inversión, la transferencia de tecnología y promover o, en su caso, organizar la investigación técnico-industrial, lo anterior, con la finalidad de apoyar a las empresas comerciales e industriales en sus iniciativas para modernizarse y elevar su competitividad, que coadyuve al crecimiento económico del Municipio y del Estado.

Titular

L.S.C.A. Ricardo Javier Rivera Barquín

Contacto:

Teléfono: (771) 718 8302 ext. 21

La Secretaría implementará y aplicará programas y políticas públicas que promuevan y atraigan la inversión en los sectores industrial, comercial y de servicios, con el objetivo de promover la generación de empleos por parte de la iniciativa privada; proponiendo, promoviendo y desarrollando proyectos en favor de la ciudadanía, apoyando a los sectores productivos de la sociedad e implementando esquemas, cuya finalidad será fomentar la actividad económica dentro del territorio del Municipio.

Atribuciones del titular:

I. Elaborar, desarrollar y aplicar programas y políticas de inversión directa, promoviendo y fomentando el desarrollo de las actividades industriales, comerciales y de servicios, impulsando el desarrollo sustentable del Municipio;

II. Elaborar y ejecutar los proyectos municipales de comercio interior, industria, abasto, precios, protección al consumidor, inversión y transferencia de tecnología; así como procurar que éstos se encuentren previstos en los proyectos que apruebe la H. Asamblea Municipal con cargo al presupuesto de egresos del Municipio o con el tipo de recursos concurrentes, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable en la materia;

III. Establecer mecanismos de coordinación con los Gobiernos Estatal y Federal para fomentar el desarrollo industrial, comercial y de servicios, a efecto de garantizar su debida articulación con el Plan Municipal de Desarrollo, así como con los programas especiales que determine el Presidente Municipal, que beneficien el desarrollo integral sustentable de la economía del Municipio;

IV. Promover, impulsar y coordinar acciones en materia de competitividad;

V. Promover, instrumentar, fomentar y coordinar programas, proyectos y acciones en materia de desarrollo económico local sustentable;

VI. Establecer las políticas para la promoción del Municipio en el ámbito estatal, nacional e internacional, que difunda la infraestructura, programas de apoyo, vocaciones productivas y las ventajas que ello representa para la actividad económica en el Municipio;

VII. Promover, estimular y procurar la atracción y realización de inversiones productivas en el Municipio, provenientes de los sectores públicos, sociales y privado, tanto municipal como estatal e incluso internacional;

VIII. Proponer y formular políticas para la modernización y fortalecimiento de la infraestructura industrial del Municipio, estableciendo mecanismos de coordinación y colaboración con las autoridades de los diferentes niveles de Gobierno;

IX. Planear, en coordinación con las secretarías y entidades de la Administración Pública Municipal y Estatal, responsables del desarrollo metropolitano, urbano, la ecología y el agua, la instalación de parques y zonas industriales, así como, la consolidación de sus servicios;

X. Implementar proyectos, programas y acciones que incentiven el desarrollo, la modernización, competitividad y crecimiento de los sectores productivos del Municipio, brindando especial atención a las micro, pequeña y mediana empresa propiciando su articulación productiva y la canalización oportuna de los apoyos, estímulos e incentivos que prevé la legislación aplicable en la materia;

XI. Coadyuvar en la formulación e instrumentación de programas de capacitación para empresarios, así como proporcionar asistencia técnica y apoyos en la materia, a los productores industriales a los campesinos y, en general, a los participantes de los sectores social y privado, para integrarlos a las cadenas de producción-transformación, comercialización y consumo de sus productos;

XII. Fomentar y promover esquemas de asociación empresarial e impulsar el desarrollo y constitución de sistemas de organización de los productores del sector social;

XIII. Procurar la organización y participación del Municipio y sus sectores productivos, en espacios nacionales e internacionales de promoción y exposición de productos y servicios municipales; procurando se tenga una coordinación con la Secretaría Planeación y Evaluación y la Dirección de Comunicación Social;

XIV. Promover la difusión de información y aplicación de fondos federales susceptibles de ser aplicados en el Municipio para el apoyo crediticio y desarrollo de los sectores productivos, estableciendo mecanismos de coordinación y colaboración con las autoridades competentes;

XV. Implementar el Sistema Municipal de Información Económica y de Registro Estadístico Empresarial, que soporte y favorezca la toma de decisiones de los sectores público, privado y social en materia de desarrollo económico y metropolitano, coordinándose con las autoridades competentes de la Administración Pública Estatal, a efecto de sistematizar y homologar los criterios para la integración y procesamiento de la información en esta materia;

XVI. Establecer mecanismos y sistemas de información comercial, gestoría y apoyo a los proyectos de inversión que realicen los particulares en el Municipio;

XVII. Fomentar la asociación de pequeños productores en unidades de producción, para favorecer la tecnificación, financiamiento, industrialización y comercialización de sus productos;

XVIII. Diseñar, establecer y controlar en coordinación con la Secretaría General Municipal, la integración de un sistema de captación de información empresarial que permita contar con información sobre las diferentes unidades económicas del Municipio;

XIX. Coordinar el Servicio Municipal de Empleo, buscando el mayor número de vacantes para colocar solicitantes en el empleo formal;

XX. Formular, conducir, coordinar, vigilar y evaluar las políticas de desarrollo turístico, que se realicen en el Municipio, estableciendo mecanismos de coordinación con las autoridades competentes de la Administración Pública Federal y Estatal;

XXI. Promover e impulsar el turismo en sus diferentes modalidades, especialmente en aquellas en las cuales el Municipio es competitivo, mediante acciones conjuntas con los prestadores de servicios en el ramo, con el fin de incrementar el gasto y la estancia de los turistas en el mismo;

XXII. Formular las estrategias y lineamientos relativos a la contribución que deba tener el Municipio en el registro, certificación y evaluación de los prestadores de servicios turísticos;

XXIII. Planear las estrategias de coordinación con las secretarías y entidades de la Administración Pública Estatal y Federal, respecto de las acciones de atención, protección y auxilio al turista;

XXIV. Promover el intercambio turístico dentro del Municipio, así como con otras Entidades Federativas y del extranjero;

XXV. Formular y difundir la información oficial en materia de turismo del Municipio; coordinar la publicidad que efectúen las autoridades estatales y municipales, y promover la que desarrollen los sectores social y privado en la materia;

XXVI. Planear y organizar, en coordinación con otras secretarías y entidades paramunicipales, ferias, fiestas patronales, exposiciones y certámenes en las materias que sean de su competencia, así como participar en congresos, seminarios y reuniones de trabajo que se realicen dentro y fuera del Municipio;

XXVII. Promover e impulsar encadenamientos productivos de proveeduría local, entre la micro, pequeña y mediana empresa en el territorio del Municipio;

XXVIII. Apoyar los proyectos de exportación de los emprendedores del Municipio, mediante mecanismos de vinculación con instituciones que operen programas en la materia;

XXIX. Impulsar y promover procesos simplificados y mejora regulatoria para la apertura rápida y la operación de nuevas empresas;

XXX. Promover los vínculos entre el sector empresarial del municipio y la ciudadanía, mediante mecanismos de atención e intermediación laboral;

XXXI. Proponer y en su caso elaborar convenios de colaboración, intercambio y asistencia técnica, con organizaciones no gubernamentales, instituciones y organismos internacionales especialistas en desarrollo económico;

XXXII. Suplir las ausencias de la o del Presidente Municipal en las sesiones del Consejo Consultivo Turístico de Pachuca; y

XXXIII. Las demás que le asignen las Leyes, Reglamentos y demás normatividad Federal y Estatal, aplicable a su ámbito de competencia y el Presidente Municipal.

Confirmo que he leído y acepto los términos y condiciones del proceso administrativo de exhumación de restos áridos por vencimiento del tiempo de permanencia y falta de pago de derechos de fosas en el panteón municipal del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, así mismo comprendo y aceptó las medidas administrativas realizadas para la Protección de Datos Personales.

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