FACULTADES DE LA SECRETARÍA PARTICULAR
La o el Secretario Particular, atenderá la correspondencia oficial y el turno de asuntos previo acuerdo con el Presidente Municipal, llevará la agenda oficial del Presidente Municipal y las demás que expresamente le determine la o el Presidente Municipal.
Artículo 12 del Reglamento Interior de la
Administración Pública Municipal de
Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo